Los avances tecnológicos nos sitúan ante la presencia en el proceso penal documentos electrónicos como son los derivados de aplicaciones de mensajería instantánea como WhatsApp, cuya aportación es frecuente en las diligencias urgentes. La reciente STS 300/2015, de 19 de mayo, advierte de las cautelas con que ha de ser abordada la prueba de una comunicación bidireccional, dadas las posibilidades de manipulación de los archivos, por lo que considera indispensable que se practique una prueba pericial en caso de que la documental sea impugnada. No obstante, la práctica de esta pericial está rodeada de numerosos obstáculos de muy diversa naturaleza.
WhatsApp como prueba
miércoles, 25 de noviembre de 2015
Los avances tecnológicos nos sitúan ante la presencia en el proceso penal documentos electrónicos como son los derivados de aplicaciones de mensajería instantánea como WhatsApp, cuya aportación es frecuente en las diligencias urgentes. La reciente STS 300/2015, de 19 de mayo, advierte de las cautelas con que ha de ser abordada la prueba de una comunicación bidireccional, dadas las posibilidades de manipulación de los archivos, por lo que considera indispensable que se practique una prueba pericial en caso de que la documental sea impugnada. No obstante, la práctica de esta pericial está rodeada de numerosos obstáculos de muy diversa naturaleza.
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